Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, decreta:
PRIMERO: la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano CARLOS DAVID BALLESTERO PÉREZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.805.986, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
SEGUNDO, se designa Tutora Interina del entredicho CARLOS DAVID BALLESTERO PÉREZ, a la ciudadana NANCY PÉREZ RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.269.870, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en su condición de progenitora del mismo.
TERCERO, se ordena seguir formalmente el proceso en los términos del juicio ordinario.
CUARTO, se advierte a las partes, que por el hecho mismo d.....