En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus ASNATE HARB de MEZHER, ya identificada, al ciudadano GEBRAN HALIN MEZHER SLIM, titular de la cédula de identidad número V-5.175.961, en su condición de esposo y los ciudadanos TERESA MEZHER HARB, SUSANA MEZHER HARB, ROBERTO MEZHER HARB y PIER MIZHER HARB, titulares de las cédulas de identidad números V-7.870.517, V-11.456.273, V-11.456.274 y V-10.081.860, respectivamente, en su condición de hijos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS conforme lo .....