Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR MUERTE DEL REO, a favor del penado, hoy occiso, ADAEL ANTONIO GONZALEZ BERMUDEZ, venezolano, natural de la Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, mayor de edad, cedula de Identidad N° V-7.749.948, mayor de edad, viudo, hijo de Fernando González (v) y de Verónica de Jesús Bermúdez (d) y se encontraba residenciado en la Cañada de Urdaneta Municipio Urdaneta, calle Larga al fondo del Deposito el Cangrejo, casa N° 60 Maracaibo, de conformidad con el articulo 103 del Código Penal. Se ordena pasar la presente causa a Autoridad de Cosa Juzgada y su remisión al Archivo Central en su oportunidad legal. Notifíquese al Fiscal 27 del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal, al Defensor Publico Octavo, a la victima y a los familiares del penado, .....