En ese estadio procesal, ocurrió ante este Despacho, el ciudadano JOSSEPH JAVIER VALBUENA, asistido por la abogada en ejercicio MARÍA LUISA ROMERO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 60.874, exponiendo su decisión de desistir del procedimiento, y viendo que la parte actora actuó expresamente, en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 ejusdem, le imparte la aprobación al desistimiento del procedimiento, en los términos y condiciones expresados, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se declara terminada la presente causa, el archivo del expediente y su remisión a la oficina de Archivo Judicial.