Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valmore Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, razón por la cual se atribuye EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA.
SEGUNDO: Se ordena archivar el expediente dado que el mismo ha sido terminado por cumplimiento de la obligación por la parte demandada.