Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL, Y CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA, Y, EN CONSECUENCIA, SE DECRETA las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA MEDIDA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, a los imputados DANIEL ENRIQUE CÁCERES SÁNCHEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha: 7/11/1992, de 18 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cédula de identidad N° V-23.737.394, hijo de: Marcial Cáceres y Haide Sánchez, residenciado en Haticos por Arriba, Barrio 23 de Enero, calle 116, avenida 19C, casa N° 20D-37, a tres cuadra de la Licorería "La Andinita", Maracaibo, Estado Zulia; teléfono: 0261-76.....