Por los fundamentos antes expuesto, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDO DECLARAR CON LUGAR la solicitud de la Defensa, y DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD, de las establecidas en el artículo 242 en concordancia con el artículo 250, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los imputados 1) ALBERTO ANGEL ALVEAR, Extranjero, titular de la cédula de identidad N° 94.494449, estado civil Casado, Profesión u Oficio Visitador Medico, hijo de Miriam Alvear y Hernando Ángel, Residenciado en: Cali Valle, calle 45, carrera 8337, Sur, valle del cauca, Colombia, 2) DIAHANN JOHANN PARDO GIRALDO, Extranjera, titular de la cédula de identidad N° 57464005, estado civil Soltera, Profesión u Oficio Deportista, hija de Dilay Giraldo y Julian Pardo, Residenciado en: Santa Martha, Colombia, Barrio Cent.....