En este estado el tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado preventivamente, UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que le correspondan al ciudadano OBERTO APARICIO OMAR ANDY, por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORRO, FIDEICOMISO E INTERESES, en caso de despido, retiro voluntario, jubilación o muerte, que le corresponda al demandado al servicio de la UNIVERSIDAD RAFAEL MARIA BARALT. Se informa al notificado que las cantidades a retener por los conceptos antes mencionados, deberán ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 01, con sede en Cabimas, al expediente Nº 1U-8089-08. SE LE PARTICIPA QUE LA MEDIDA DECRETADA Y EJECUTADA SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO E INTERESES, SE REMITIRAN AL TRIBUNAL DE PROTECC.....