REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4681
En el día de hoy cuatro ( 04 ) de Noviembre del dos mil ocho (2.008), siendo la(s) once y cinco minutos de la mañana, se traslado y constituyo el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Universidad Rafael Maria Baralt ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, con sede en Cabimas, en el Juicio de DIVORCIO ORDINARIO seguido por el ciudadano JULIO CESAR CRUZ VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V-7.965.306 en contra de la ciudadana ISABEL DEL CARMEN FARIA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-10.089.343. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar al o la ciudadano(a) ZELPA DUPIES, titular de la cédula de identidad Nº 10.087.849, en su condición de Analista de Recursos Humanos. En este estado presente el ciudadano JULIO CESAR CRUZ VARGAS, ya identificado, asistido en este acto por el abogado en ejercicio, PASCUAL ENRIQUE LEAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.763, expuso. Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretado por el juzgado de la causa.