este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: : ISRAEL JOSE BRITO, Venezolano, de 23 años de edad, soltero, C.I. V- 18.656.551, domiciliado en Calle Bermúdez, Casa Nº 01, San Antonio Estado Monagas, a cumplir la pena de DOS (02) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, ordinal 4° en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal vigente, en perjuicio de la empresa LICORERIA LA GUARAGUARA, pena esta que surge al aplicar la dosimetría prevista en el artículo 37 eiusdem, tomándose a tal efecto, el término medio que resultó de la sumatoria de los dos números a que se contrae el referido artículos 453, es decir, el limite mínimo de dicha pena que sería Cuatro (4) Años se suma con el limite máximo que sería Ocho (8) años, dando un total de 12 años, que aplicando el artículo 37 del Código Penal, tendríamos la mitad 6 años, y por la Frustración se aplica el.....