Esta Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud interpuesta por la ciudadana Eudy Díaz Díaz, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad No. 7.856.193, actuando a favor de su hija y debidamente asistida por el Defensor Público Primero de este estado Dr. Yldegar García Gallipole. Se AUTORIZA a la ciudadana Eudy Díaz Díaz, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad No. 7.856.193, actuando a favor de su hija, a vender la cuota parte que le corresponde a su hija, plenamente identificada, respecto al terreno.