Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN propuesta por el ciudadano JAIME SEGUNDO PADRÓN DELGADO, antes identificado, en consecuencia, se ordena la Rectificación del acta de Defunción Nro. 87, inserta el día 07 de Junio de 2005, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Lucia, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el sentido siguiente: en su interior donde aparece "deja cinco (5) hijos nombrados: LUIS, JUVENAL, KARIVEL, RUTH y JOHANA", debe anotarse "deja seis (6) hijos nombrados: LUIS, JUVENAL, KARIVEL, RUTH, JOHANA y JAIME", y una vez ejecutoriado el presente fallo, se ordena remitir mediante oficio, copia certificada de la misma a los organismos respectivos, a los fines de cumplir con lo establecido en el Artículo 502 del Código Civil.....