Decisiones del dia 04/08/2016
N° Expediente :
15303
N° Sentencia :
Fecha: 04/08/2016
Procedimiento: Inhabilitación
Partes: SOLICITANTE: YURAIMA DEL CARMEN MENESES FARIAS, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V- 8.980.032 Y DE ESTE DOMICILIO. ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE SOLICITANTE: GREGORINA RODRIGUEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 12.124.891, INSCRITA EN EL INPREABOGADOS BAJO EL N° 175.999 Y DE ESTE DOMICILIO. SOMETIDO A INHABILITACIÓN: WILMER JOSE MENESES FARIAS, VENEZOLANO, SIN CEDULA DE IDENTIDAD Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la INHABILITACIÓN del ciudadano WILMER JOSE MENESES FARIAS, venezolano, mayor de edad, sin cédula de identidad, nacido en fecha 12 de Abril del año1970 y de este domicilio. En consecuencia: PRIMERO: El entredicho queda sometido al régimen legal de representación y protección de sus bienes, bajo la administración y guarda de la curadora designada ciudadana YURAIMA DEL CARMEN MENESES FARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.980.032, por considerarla quien decide, la persona más idónea para ello. SEGUNDO: Queda obligada la curadora a cuidar del inhábil, siendo su primera obligación la de velar por la recuperación de su salud; así como también todas las inherentes a su alimentación, vestidos y cuidados.....
Juez/Ponente:
Gustavo Posada
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
N° Expediente :
NP01-S-2016-000735
N° Sentencia :
PJ0392016000551
Fecha: 04/08/2016
Procedimiento: Auto
Partes: FISCALIA DECIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO MONAGAS: DEFENSA PRIVADA, ABG. ESTEBAN DEL JESUS RENDON, VICTIMA: SE OMITE SU IDENTIDAD, IMPUTADO: JOSE GREGORIO SABOLLA
Resumen:
Auto fundamentado mediante el cual Se declara CON LUGAR la solicitud de revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad consistente en presentaciones por ante estos Tribunales cada vez que sea requerido por los mismos en sustitución a LA REVISION DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, de conformidad con el articulo 242 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, con presentaciones periódicas ante el departamento de Alguacilazgo de esta sede Judicial cada cuarenta y cinco (45) días, Alguacilazgo que pesa sobre el acusado JOSE GREGORIO SABOLLA JULIAN, que le fue dictada al acusado de marras, por el Tribunal en fecha en fecha 18 de Marzo del 2016, de conformidad con el artículo 236 y 237 , numerales 4 y 5 del Citado código.
Juez/Ponente:
Ana Fermin
Organo:
Tribunal Segundo de control, audiencia y medidas con competencia en materia de Violencia contra la Mujer