.a) SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el artículo 346, ordinal 6°, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, opuesta por el demandado, por las motivos expuestos anteriormente.
b) CON LUGAR la demanda de REVISION DE SENTENCIA DE DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana LIESKA CECILIA GOMEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.983.664, en contra del ciudadano MARIO ENRIQUE RINCON MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.007.279, en relación con las (os) niñas (os) LEONAL ENRIQUE Y ALONDRA JASIEL RINCON GOMEZ. Ahora bien para modificar el monto de la pensión de manutención acordada por las partes, establecida por el Juez Unipersonal Nº1 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Zulia, en fecha 10-11-2011, mediante sentencia Nº 2233, atendiendo a las necesidades de.....