PPor todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA: PRIMERO: Por estar cubierto los extremos establecidos en los numerales 1 y 2, del artículo 250, en relación con los artículos 8, 9, 243, 244, 247, 256 numerales 3 y 4, 259 y 260, todos del Código Orgánico Procesal penal, Medida Cautelar Sustitutiva de presentación periódica de cada QUINCE (15) días a partir de la presente fecha, y la prohibición de salida del Estado Zulia, sin previa autorización de este Tribunal, en contra del ciudadano CESAR ENRIQUE CASTILLEJO ABRIL, venezolano, natural de Santa Cruz de Zulia, Municipio Colón Estado Zulia, fecha de nacimiento: 18-06-1967, de 42 años de edad, soltero, Obrero, hijo Héctor José Castillejo y de Argenida Abril (d), titular de la cédula de identidad N° 18.971.204 residenciado, Ba.....