DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ABOGADO EUDOMAR CONSUEGRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 2124.620, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 137-523, en su carácter de defensor de los imputados XIOMILY MASSIEL CARRIZALEZ PAREDES y JOSE GREGORIO MAESTRE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión N° 354-15, de fecha 15 de abril de 2015, emanada del Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS E.....