PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada NOIRALITH GONZALEZ URDANETA, Defensora Pública Quinta Penal, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensora del imputado ALBERTO JOSE URDANETA MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 21.597.505.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión N° 206-15 de fecha 17 de febrero de 2015, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Santa Bárbara, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 ordinales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y ROBO DE VEHICULO AUTOMORES COMETIDO EN CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores .....