Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, SALA DE JUICIO, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL No. 02, en la persona de la ABOGADA ZULIMA BOSCÁN VÁSQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por el ciudadano: VICTOR RAÚL ESTRADA PARRA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. V-10.600.741, domiciliado en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, representado por el Abogado en Ejercicio ALVARO URRIBARRÍ CEPEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 47.885, en contra de la ciudadana: ANA LÍA FUENMAYOR LUZARDO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. V-15.552.111, domiciliada en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, representada por las Abogadas en Ejercicio THAIS DEL CARMEN OLIVARES MEDINA.....