PRIMERO: PARCIALMENTE ADMISIBLE el primer recurso de apelación presentado, por los profesionales del derecho EURO RAMÓN CARRILLO CARRASQUERO y YAHORIANA JOSÉ CARRILLO SALAZAR, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los Nos. 112.218 y 216.286, respectivamente, actuando con el carácter de defensores privados del ciudadano SILVINO ANTONIO CARRILLO DIFULVIO, portador de la cédula de identidad No. 20.372.071; contra la decisión No. 0272-17, de fecha 23.02.2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: INADMISIBLE en relación a la primera, segunda, cuarta y quinta denuncia del recurso de apelación.
TERCERO: ADMISIBLE el recurso de apelación en relación a la tercera denuncia contenida en el mencionado escrito, referida a la admisión por parte de la juzgadora de mérito de una presunta prueba ilegal, obtenida y ofrecida en forma ilícita por el Ministeri.....