DISPOSITIVO
Por todas las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley resuelve: DIFIERE el pronunciamiento sobre la medida a que opta el penado CARLOS GIL GALICIO, titular de la cédula de identidad Nº 20.022.470, actualmente recluido en el internado Judicial Monagas, hasta tanto se reciba en este Tribunal la OFERTA DE TRABAJO que consignen la parte interesada, ya que la misma es vinculante para poder emitir la RESOLUCIÓN respectiva en cuanto al otorgamiento o no del Destacamento de Trabajo.-
En consecuencia líbrense los respectivos oficios y trasládese y notifíquese al penado.-
LA JUEZ,
ABG. DORIS MARIA MARCANO GUZMAN.
La Secretaria,
Abg. MARIA ALEJANDRA VASQUEZ.