Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base a los fundamentos de hecho y derecho plasmados anteriormente, declara: SIN LUGAR la demanda de simulación incoada por el ciudadano FRANKLIN MANUEL GALICIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 12.280.940, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana JACKELINE DEL CARMEN ROMEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 7.625.804, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
Se condena en costas a la parte demandante reconvenida por resultar totalmente vencida en la presente causa, con base en lo reglado por el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.