Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana Ana Gisela Márquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 4.990.936, domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, contra el ciudadano Fernando José Valero Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 9.319.171, de este domicilio, fundamentada en la causal tercera (3°) del artículo 185 del Código Civil venezolano, en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos Ana Gisela Márquez, antes identificada, y Fernando Valero Rodríguez, desde el día veintidós (22) de septiembre del año 2001, tal como consta del Acta de Matrimonio signada bajo el Nro. 09, e.....