Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad acordada al imputado DOUGLAS RAFAEL ZARRAGA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Titular de la Cédula de Identidad No. 16.588.853, y acuerda la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 250, en concordancia con el artículo 262, numeral 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual se ordena librar en esta misma fecha la correspondiente orden de captura, la cual será remitida al Sistema de Información Policial, SIPOL, junto con oficio en esta misma fecha, declarando con lugar la solicitud fiscal. Es todo, terminó, se leyó, siendo las 3:15 p.m. y estando conformes firman. Notifí.....