Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue la ciudadana GEIDY JOSEFINA URRIBARRÍ ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.457.974, domiciliada en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia en contra de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA MIRAFLORES, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 03 de junio de 1996, bajo el N° 5, tomo 8-A, con domicilio en la Avenida Miraflores, sin número del Municipio Cabimas del Estado Zulia representada por su Presidente ciudadano RICARDO JOSÉ ACOSTA CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número V-11.250.522, de igual domicilio, declara: Extinguido el pr.....