Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL intentó el ciudadano PEDRO LUIS SOTO ARRIAGA, ya identificado en actas, en contra de la ciudadana MIRYAM ELVIRA TOBAR, también identificada; en consecuencia, una vez quede definitivamente firme la presente decisión, quedan emplazadas las partes para el décimo (10°) día de despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00 AM.), a los fines de llevar a cabo el nombramiento del partidor correspondiente a la división de los siguientes bienes: 1) Un (01) apartamento distinguido con el Nro. 8-4, ubicado en la octava planta del Edificio TIMOTES, del Conjunto Residencial LA PUERTA DE CIUDADELA (1era. Etapa) situado en la intersección form.....