En razón de las antes consideraciones expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA: PRIMERO: Se Decreta la Nulidad de las Actas de Aprehensión, de conformidad con los articulo 190 y 191 del Código Orgánico Procesal penal. SEGUNDO: Se DECLARA LIBERTAD PLENA al ciudadano DAVID ANTONIO YENTIL CHIRINOS, de 44 años de edad, nacido el 15-08-1964, Venezolano, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, soltero, Titular de la Cedula de Identidad N° 10.907.562, de profesión u oficio: Comerciante, residenciado: Sector las 4 bocas, vía principal al Barrio corazón de Jesús, avenida 72, casa s/n, calle 1, frente al balancín 261, Bachaquero, Estado Zulia; por la presunta comisión de los delitos de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, prevista y sancionado en el ar.....