DISPOSITIVA
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la demanda que por daños y perjuicios incoara el ciudadano EGDO EMILIO FARIA YSEA, titular de la cedula de identidad Numero V-7.837.116, en contra del ciudadano SAID ARBID UTRIZ UTRIZ, titular de la cedula de identidad numero V- 21.692.266, por no haber probado fehacientemente el contrato de arrendamiento verbal que se alegó.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora o demandante por haber sido vencida totalmente en esta instancia.