Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-18.401.969, asistida por la ABG. MERLING MARCANO, inscrita en el IPSA bajo el N° 87.499, en contra del ciudadano ULISES JOSE CHACON CENTENO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-16.880.549, con fundamento en la causal segunda establecida en el artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos, ULISES JOSE CHACON CENTENO y MARIA ALEJANDRA GONZALEZ RODRIGUEZ, el cual esta asentado.....