DEJAR SIN EFECTO, la orden de aprehensión de fecha 14-03-2016, dictada por el Tribunal de Ejecución Sección Adolescente. SEGUNDO: Se declara la libertad inmediata del sancionado IDENTIDAD OMITIDA. TERCERO: Se ordena librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a los fines de que se deje sin efecto la orden de captura de fecha 14-03-2016, en un lapso de 24 horas y en el referido lapso se sirva remitir las resultas de lo ordenado por este Tribunal.. CUARTO: En relación a lo solicitado por las partes, en que se acuerde el cese por prescripción de las sanciones de REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de un año, este Tribunal observa, que en fecha 14-03-2016, se declaro en rebeldía al adolescente, y captura conforme a lo previsto en el articulo 617 de la ley que rige la materia; al decretar la Evasión del proceso y captura, suspende la prescripción de la sanción, se declara sin lugar por no haber transcurrido el tiempo necesario . Ofí.....