DISPOSITIVA.
En mérito de las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación autos, interpuesto por el ciudadano CARLOS JAVIER BOSCÁN MORALES, asistido en este acto por el profesional del derecho ALDEMARO DE JESÚS BASTIDAS MERCADO, contra decisión N° 119-09, de fecha doce (12) de Enero del año 2009, emitida por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA N° 119-09, de fecha doce (12) de Enero del año 2009, emitida por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual se declaró sin lugar la solicitud formulada por el solicitante relativa a la entrega del vehículo Marca: FORD, Tipo: PICK-UP, Modelo: F-150, Col.....