Por todo lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: ACUERDA declarar la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y por ello ordenar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano: EDWIN JESÚS GONZALEZ, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 23-12-85, de 25 años de edad, Titular de Cédula de Identidad Nº V.- 17.833.695, soltero, de profesión u oficio estudiante, domiciliado en el San Jacinto ,sector 12, vereda 01, casa 3, Municipio Maracaibo, estado Zulia, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el Artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, donde resultó víctima la ciudadana CARMEN LUISA GONZALEZ, de conformidad con el artículo 45 del Cód.....