DECLARA SU INCOMPETENCIA por la razón de la materia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal y por consiguiente ACUERDA: Remitir copia certificada de la presente causa al Tribunal de Control para la Responsabilidad Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas.- Remítase con oficio y ofíciese a la Comandancia General de Policía del Estado Monagas, a fin de que el referido Adolescente sea trasladado al Programa Socio Educativo General "JOSE FRANCISCO BERMUDEZ.