Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Sección Adolescentes, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: MANTENER las medidas de REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, contenidas en el artículo 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impuestas a la joven (IDENTIDAD OMITIDA SEGUN LO ESTABLECIDO EN ART. 545 LOPNA), de dieciocho (18) años de edad, venezolana, nacida en fecha 02-11-86, natural Cabimas, estado Zulia, hija de los ciudadanos Idenio Ramón Isea y Gladis Pérez de Isea, titular de la Cédula de Identidad Número V-18.341.674, y residenciada, en Barrio 26 de julio, Avenida 34, Callejón Primero de Diciembre, al frente de la Agencia de Loterias Elimer, Casa Sin Número, Parroquia San Benito, Cabimas, estado Zulia, en la forma en que fuesen originalmente impuestas con la modificación realizada en fecha 2.....