III.- Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO propuesta por la ciudadana MARLENE VERÓNICA HERNÁNDEZ DE VAN DER WEL, para la rectificación de su acta de matrimonio; en consecuencia, se ordena rectificar el acta de matrimonio signada con el número 23, inserta el día diecinueve (19) de septiembre de un mil novecientos setenta y ocho (1978), ante el Juzgado Quinto de los Municipios Urbanos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, hoy Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, perteneciente a la postulante y su cónyuge, ciudadano NICOLAAS CORNELIS VAN DER WEL, en el sentido siguiente: En los asiento.....