Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer de la acción de DECLARACIÓN DE AUSENCIA, incoada por el ciudadano JULIO CESAR VALBUENA LABARCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.V-7.977.285, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
SEGUNDO: SE DECLINA la competencia al Tribunal de Primera instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la circunscripción Judicial del estado Zulia, al cual corresponda por distribución.
TERCERO: SE ORDENA remitir mediante oficio las presentes actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Docum.....