Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano LEIDER ELIECER ESPINOIZA SANDOVAL, venezolano, natural de Maracaibo estado Zulia, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad No. No. V-13.243.575, concubino, fecha de nacimiento 08-10-75, hijo de Ada María Sandoval y José Jesús Espinoza, carpintero, residenciado en el Municipio San Francisco, Barrio La Mano de Dios, manzana 22, casa s/n, antes de llegar a la Urbanización El Soler; contenida en las actuaciones que anteceden de conformidad con lo establecido en el Ordinal 2° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
Regístrese esta decisión; déjese copia en Archivo, y remítanse las actuaciones al Archivo Judi.....