PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO de las siguientes actuaciones: 1) La Sentencia No. 27-2018 emitida en fecha 31 de octubre de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Materia Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; 2) Todos los actos subsiguientes a la mencionada Sentencia; por existir violación de la garantía de la tutela judicial efectiva y del principio del debido proceso, previstos en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como los Principios de Concentración y Contradicción, previstos en los artículos 17 y 18 del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello, en atención a lo establecido en el artículo 257 Constitucional, en concordancia con los artículos 13, 174, 175, 179 y 180 de la Norma Adjetiva Penal, así como al criterio jurisprudencial establecido por nuestro Máximo Tribunal de la República, citados ut supra al inicio del .....