Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en consecuencia declara: PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano REINALDO JOSÉ GARCÍA RAMIREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 27.073.607, de 27 años de edad, nacido en fecha 14-05-1985, natural de Caripe Municipio Caripe del Estado Monagas, de estado civil soltero, de profesión u oficio electricista, residenciado en; CALLE MATURIN, HABITACIÓN Nº 10 POBLACION DE SANTA BARBARA MUNICIPIO SANTA BARBARA DEL ESTADO MONAGAS. Teléfono; 0426-899-48-50 por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 42 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia con la agravante prevista en el artículo 65 ordinal 3ero Ejusdem en perjuicio de la ciudadana SUHAID MARBELLA BORGES CASTRO, SUHAID MARBELLA BORGES CASTRO, titular de la cédula de identi.....