PRIMERO:CON LUGAR la inhibición planteada por la Abg. AILIN YURAMY CÁCERES GARCÍAen su condición de Jueza Provisoria JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA,en consecuencia,debe DESPRENDERSEdel conocimiento del expediente Nº 49.971 de su nomenclatura interna, contentivo del juicio que por ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, siguen las ciudadanas NORA KARINA URDANETA ROMERO y CARMEN HERMINIA URDANETA URDANETA, actuando como accionistas mayoritarias de la Sociedad Mercantil GRASAS EL PUERTO, C.A., contra la ciudadana KARYM VICTORIA URDANETA ROMERO, todos previamente identificados.ASÍ SE DECLARA.-
SEGUNDO:REMÍTASE el expediente alJUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en virtud de ser el Juzgado competente que se encuentra de guardia según participación emanada de la Coordinación Civil de la Circunscripción Judicial del.....