PRIMERO: Por cuanto la pena impuesta al reo RICHARD RAMÓN VELÁSQUEZ, es la de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, y dicho penado ha estado efectivamente privado de su libertad desde el día 28/01/2005, hasta el día de hoy, esto es que tiene un tiempo de reclusión de SIETE (07) MESES Y CUATRO (04) DÍAS, faltándole por cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS, pudiendo optar al Beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO, REGIMEN ABIERTO, LIBERTAD CONDICIONAL Y CONFINAMIENTO, en fecha 28/04/2006, 28/09/2006, 28/05/2008 y 28/10/2008, respectivamente. Cumpliendo la totalidad de la pena principal el día 28/01/2010.
SEGUNDO: Las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, impuestas al reo son:
1. INHABILITACIÓN POLITICA: Durante el tiempo que dure la condena, la cual cumplirá el reo hasta el día 28/01/2010.
2. SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD: Por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta, la cual cumplirá el reo .....