En consecuencia, en virtud de la interdicción provisional decretada al ciudadano JESÚS ANACLETO DE LA SANTISIMA TRINIDAD ROMERO MARTINEZ, antes identificado, y siendo nombrado y juramentado como su tutor interino a su hijo HUGO GERSHUN ROMERO HARRINGTON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 10.414.640, a quien le corresponde el cuidado personal y la administración simple de los bienes del indiciado JESÚS ANACLETO DE LA SANTISIMA TRINIDAD ROMERO MARTINEZ, de conformidad con la facultad contenida en el artículo 313 del Código Civil, este Tribunal decretar MEDIDA DE PROTECCIÓN de las cantidades de dinero que correspondan al ciudadano JESÚS ANACLETO DE LA SANTISIMA TRINIDAD ROMERO MARTINEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.656.583, en las entidades bancarias CORP BANCA, C.A. Banco Universal y BANESCO, Banco Universal, en el sentido que únicamente el ciudadano HUGO GERSHUN ROMERO HARRINGTON, venezolano, mayor de edad, titular de l.....