DISPOSITIVA: Por todos los fundamentos anteriormente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los imputados, JORGE LUIS LARREAL MARMOL, Venezolano, fecha de nacimiento, 10-04-1990, profesión militar, estado civil, soltero, de 20 años de edad, portador de la cedula de identidad, N° 21.749.286, hijo de ROSALÍA MÁRMOL Y WILLIAN LARREA, Telef. 02619951597, residenciado en el barrio los planazos, calle 48, con avenida 71 diagonal al abasto la gran parada, o barrio 24 de septiembre calle 48 con avenida 71 casa abasto el gordo; LUIS MIGUEL DIAZ BENAVIDES, Venezolano, fecha de nacimiento, 03-12-1986, profesión, estudiante, estado civil, soltero, de 23 años de edad, portador de la cedula de identidad, N° 18962923, hijo.....