Decreta la Libertad Inmediata y sin restricciones de índole jurisdiccional a favor del ciudadano DAVID EDUARDO CAMPOS AZUAJE, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 08-04-1981, de 27 años de edad, concubino, de Profesión u Oficio: Buhonero, titular de la cédula de identidad No. 16.561.375, hijo de los ciudadanos JESUS AZUAJE Y ANTONIA RODRIGUEZ, domiciliado en Los frailes de Catia, Barrio Macayapa, casa número 10, avenida Sucre, Distrito Capital, quien se encuentra recluido en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite de la ciudad de Maracaibo, restituyendo este tribunal el orden constitucional infringido, enrelación a la garantía de libertad individual y personal prevista en el artículo 44.1 de la Carta Magna, obrando este tribunal dentro de las competencias que le confieren los artículos 64, 107 y 531 del Código orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto las ordenes de captura emitidas por este tribunal en fechas, par.....