declara:
a) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana KEILA ARTEAGA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V ¿ 11.280.957, en contra del ciudadano CARLOS JOSE SANCHEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 12.443.317, a favor de los niños y/o adolescentes KARLA DANIELA SANCHEZ ARTEAGA, CARLOS ENRIQUE SANCHEZ ARTEAGA, y KIMBERLY CAROLINA SANCHEZ ARTEAGA, ya identificados. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez Titular Unipersonal N º 1, atendiendo a las necesidades de los niños y/o adolescentes de autos, y la capacidad económica de las partes, fija como pensión de Obligación de Manutención mensual la cantidad equivalente al (43,94 %) del salario mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS SIETE BOLIVARES CON CUARENT.....