declara:
• CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la ciudadana ZULEIMY LUCIA MORLES DE CAMACARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.332.845, domiciliada en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio AUSTY B. QUINTERO P., inscrita en el Inpreabogado bajo el No.135.970, en contra del ciudadano WILFREDO ALBERTO CAMACARO MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.741.033, y con domicilio en el Municipio Lagunillas del estado Zulia, conforme a lo establecido en el artículo 185, ordinal Segundo del Código Civil y con fundamento en el criterio doctrinal y jurisprudencial del divorcio solución.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos antes mencionados por ante el Registro Civil de la parroquia Dr. Raúl Cuenca, Bachaquero, del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, tal como se evidencia en copia certificada del Regi.....