Vista la admisión del presente asunto de Colocación en Familiar, presentada por los miembros de la Defensa Publica de la Unidad de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Nueva Esparta, por requerimiento de la ciudadana Maria Natividad Cova, venezolana. Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-8.382.898, ADMITIDA como ha sido, este tribunal con el fin de proveer a la adolescente Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), de una Familia Sustituta de manera provisional, en consecuencia, se procede a dictar MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACIÓN en el hogar de la ciudadana Maria Natividad Cova, venezolana. Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-8.382.898 en beneficio de la adolescente Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), conforme a lo establecido en el Articulo 466, Parágrafo Primero, literal "e" de la Ley Especial, en concordancia con el Artículo 397-C respectivamente, debiendo indi.....