Concede autorización para que el niño LUCIANO DAVID OCANDO SOTO, de cinco (5) años de edad, viaje en compañía de su abuelo materno y Tutor Interino, el ciudadano ROY DOUGLAS OCANDO AÑEZ, venezolano, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 3.977.161 y su tía materna ciudadana PHAVIOLA PEÑUELA SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.457.898; con destino a la República de Panamá, con fecha probable para salir del país finales del mes de abril de 2013 y regreso aproximadamente el 15 de mayo de 2013.
Ordena la comparecencia del niño (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), el día dieciséis (16) de mayo de 2013, a la sede de este Tribunal en el horario comprendido entre las 8:30 a.m., y las 3:30 p.m., junto con su abuelo materno. Así se decide.-