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Decisiones del dia 02/04/2009 |
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N° Expediente :
56.371
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N° Sentencia :
362
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Fecha: 02/04/2009 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Por Intimacion |
Partes: RUBERT RAMÓN CHOURIO VS CARLOS JOSÉ ANNALORO Y PABLO CORZO |
Resumen:
En consecuencia y por cuanto el instrumento fundamental de la pretensión deviene de la letra de cambio, que corre en las actas procesales, y constituye uno de los instrumentos previstos en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre los bienes muebles propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 160.000,oo), suma ésta prudencialmente calculada por este Tribunal, en el caso de que recaiga sobre bienes muebles. Que en caso de que la medida recaiga sobre cantidades de dinero, la ejecución versará sobre CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 110.400,oo), que corresponde el monto demandado, las cuales deberán ser remitidas mediante cheques de gerencia cheques de gerencia a nombre de este Juzgado para su posterior depósito en la cuenta que se aperture al efecto.
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Juez/Ponente:
Adán Vivas Santaella
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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N° Expediente :
56.247
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N° Sentencia :
365
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Fecha: 02/04/2009 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: MAGALLY BEATRIZ MACIAS BARROS Y OMAR DE JESUS ORTEGA MONTIEL |
Resumen:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MAGALLY BEATRIZ MACIAS BARROSO y OMAR DE JESUS ORTEGA MONTIEL, el día once (11) de noviembre del año mil novecientos setenta y ocho (1.978), por ante el Prefecto y Secretario respectivamente, del antiguo Municipio Cristo de Aranza, hoy Parroquia Cristo de Aranza, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 623.
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Juez/Ponente:
Adán Vivas Santaella
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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N° Expediente :
56.381
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N° Sentencia :
368
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Fecha: 02/04/2009 |
Procedimiento: Resolucion De Contrato De Venta Con Reserva De Dom |
Partes: BANCO PROVINCIAL C.A. BANCO UNIVERSAL VS NELSON ALBERTO GONZÁLEZ |
Resumen:
De forma que interpretando el artículo citado, como norma especial reguladora de la situación planteada, resulta evidente que su aplicación debe ceñirse a lo que la misma requiere. Por lo que, el articulo antes trascrito, autoriza el decreto de la medida de secuestro de la cosa vendida, siempre y cuando la demanda tenga apariencias de ser fundada, y el vendedor constituya garantía suficiente, para responder en caso de que su pretensión sea declarada sin lugar.
En consecuencia, este Tribunal insta a la parte demandante a constituir garantía hasta cubrir la suma de TREINTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 35.000,oo), a fin de asegurar al demandado el pago de los daños y perjuicios y la devolución de la cosa vendida u otra equivalente al demandado, en caso de no prosperar la acción de resolución de contrato, y deberá ser una de las establecidas en el artículo 590 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-
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Juez/Ponente:
Adán Vivas Santaella
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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N° Expediente :
56.116
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N° Sentencia :
364
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Fecha: 02/04/2009 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: CARLOS EDUARDO MEZA Y NELLY MARGARITA PACHECO DE MEZA |
Resumen:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos CARLOS EDUARDO MEZA y NELLY MARGARITA PACHECO SALAS, el día seis (06) de diciembre del año mil novecientos setenta y ocho (1.978), por ante el Prefecto y Secretario respectivamente, del antiguo Municipio San Francisco del Distrito Maracaibo, hoy Parroquia San Francisco del Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 742.
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Juez/Ponente:
Adán Vivas Santaella
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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N° Expediente :
56.227
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N° Sentencia :
370
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Fecha: 02/04/2009 |
Procedimiento: Resolucion De Contrato De Venta Con Reserva De Dom |
Partes: BANCO NACIONAL DE CRÉDITO VS SAUL EDUARDO PLAZA VILLEGAS |
Resumen:
De forma que interpretando el artículo citado, como norma especial reguladora de la situación planteada, resulta evidente que su aplicación debe ceñirse a lo que la misma requiere. Por lo que, el articulo antes trascrito, autoriza el decreto de la medida de secuestro de la cosa vendida, siempre y cuando la demanda tenga apariencias de ser fundada, y el vendedor constituya garantía suficiente, para responder en caso de que su pretensión sea declarada sin lugar.
En consecuencia, este Tribunal insta a la parte demandante a constituir garantía hasta cubrir la suma de CUARENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 40.000,oo), a fin de asegurar al demandado el pago de los daños y perjuicios y la devolución de la cosa vendida u otra equivalente al demandado, en caso de no prosperar la acción de resolución de contrato, y deberá ser una de las establecidas en el artículo 590 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-
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Juez/Ponente:
Adán Vivas Santaella
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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N° Expediente :
55.906
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N° Sentencia :
377
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Fecha: 02/04/2009 |
Procedimiento: Resoluciòn Contrato Arrendamiento |
Partes: CLAUDIA ANDREINA BRICEÑO FERNÁNDEZ VS HOGAR PARA ANCIANOS LA MANO DE DIOS, C.A. |
Resumen:
Ahora bien, de conformidad con lo establecido en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, y revisados los documentos en los que se fundamenta la pretensión, este Juzgado considera que se encuentra demostrados los extremos legales exigidos en el artículo 585 ejusdem, por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el ordinal 3º del Articulo 588 ibidem, en concordancia con el ordinal 7º del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO sobre el siguiente inmueble ubicado en la Urbanización La Estrella, calle 61 (Avenida Universidad), signada con el No. 10-161 del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
En orden a la medida decretada se acuerda el depósito de la cosa arrendada en la persona de la arrendadora ciudadana CLAUDIA BRICEÑO FERNÁNDEZ, quedando bajo la guarda y custodia de dicha ciudadana, quien deberá cuidarlo como un buen padre de familia, sujetándose a las reglas propias establecidas en la Ley de Depósi.....
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Juez/Ponente:
Adán Vivas Santaella
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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N° Expediente :
54.852
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N° Sentencia :
367
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Fecha: 02/04/2009 |
Procedimiento: Fraude Procesal |
Partes: GUILLERMO TORRES SOTO VS LOLA BARALT HIGGS Y ANA EMILIA BARALT |
Resumen:
Por lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, establece:
SE REPONE LA PRESENTE CAUSA de FRAUDE PROCESAL interpuesta por el ciudadano GUILLERMO TORRES SOTO, mayor de edad, con cédula de identidad No. E-81.262.345, domiciliado en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra las ciudadanas LOLA BARALT HIGGS y ANA EMILIA BARALT, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.742.846 y 1.659.071, respectivamente, domiciliadas en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia., al estado que se cite nuevamente a la parte demandada.
QUEDAN NULAS todas las actuaciones cumplidas en este juicio a partir del Auto de Admisión del 19 de diciembre de 2007, relacionadas con la citación de la parte demandada.
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Juez/Ponente:
Adán Vivas Santaella
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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N° Expediente :
56.026
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N° Sentencia :
369
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Fecha: 02/04/2009 |
Procedimiento: Resolucion De Contrato De Venta Con Reserva De Dom |
Partes: BANCO PROVINCIAL C.A. BANCO UNIVERSAL VS BEDWYL BYLL MORA GUERRERO |
Resumen:
De forma que interpretando el artículo citado, como norma especial reguladora de la situación planteada, resulta evidente que su aplicación debe ceñirse a lo que la misma requiere. Por lo que, el articulo antes trascrito, autoriza el decreto de la medida de secuestro de la cosa vendida, siempre y cuando la demanda tenga apariencias de ser fundada, y el vendedor constituya garantía suficiente, para responder en caso de que su pretensión sea declarada sin lugar.
En consecuencia, este Tribunal insta a la parte demandante a constituir garantía hasta cubrir la suma de CIENTO VEINTINUEVE MIL BOLÍVARES (Bs. 129.000,oo), a fin de asegurar al demandado el pago de los daños y perjuicios y la devolución de la cosa vendida u otra equivalente al demandado, en caso de no prosperar la acción de resolución de contrato, y deberá ser una de las establecidas en el artículo 590 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-
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Juez/Ponente:
Adán Vivas Santaella
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Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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