Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara parcialmente ha lugar la solicitud de entrega de vehículo presentada por el EDUARDO JOSE CARRILLO VILLARREAl, asistido del abogado en ejercicio LEANDRO ENRIQUE FRENANDEZ ABREU, y ordena la entrega en depósito del vehículo identificado con las siguientes características: Serial de Carrocería, JTJ9AAV3J6773; Placa, TAR61A; Marca, CHEVROLET; Serial de Motor, V0925DDU; Modelo, MALIBU; Año, 1980; Color, VINOTINTO; Clase, AUTOMOVIL; Tipo, SEDAN; Uso, PARTICULAR, en calidad de depósito al ciudadano EDUARDO JOSE CARRILLO VILLARREAl, previo compromiso bajo juramento del solicitante de cumplir las siguientes obligaciones: 1° Guardar y proteger el vehículo; 2° Utilizarlo adecuadamente; 3.....