SE DECIDE: PRIMERO: Ordena tramitar y proseguir el presente asunto penal por procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a los Ciudadanos imputados JHON RICHARSON NAVA MEDINA, Venezolano, natural de la Cabimas, portador de la cédula de identidad No. 11459334, de 35 años de edad, fecha de nacimiento 23-06-1972, profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos Betty Medina y Ricardo Antonio Nava, con residencia en la Urbanización El Amparo, Calle Bolivia, Casa No. 86, diagonal a la Panadería El Arabito, Cabimas Estadio Zulia y EUDY JOSE BLANCO JIMENEZ lo siguiente: "Mi nombre es EUDY JOSE BLANCO JIMENEZ, Venezolano, natural de Cabimas, titular de la Cédula de Identidad N° 16469736, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 16-01-981, profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de Emilia Jiménez y Eudis Blanco, con residenci.....